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ACTUALIZACIÓN: Ley Urgente propuesta por Moreno permite explícitamente la desdolarización irresponsable. Asambleístas, urge archivarla

noviembre 13, 2019 JM Comments off Dolarización

Mucho se ha escrito sobre los riesgos de esta ley para la desdolarización y de una crisis sistémica. Katiuska King, Pablo Dávalos, Pedro Páez, Marco Flores y este Observatorio lo hemos advertido. Sin embargo, luego de un cuidadoso análisis, hemos encontrado la evidencia más contundente de la planificación de la desdolarización: el artículo 214 del proyecto de ley económica urgente, mal apodada Ley de Crecimiento Económico, que ya pasó la primera instancia en el Pleno de la Asamblea.

El artículo 214 propone expresamente que se podrán pactar obligaciones en una moneda distinta al dólar. El artículo está redactado con lenguaje subrepticio para no decir “distinto del dólar”, pero cuando se lee qué dice el artículo 94, ahí claramente se refiere al dólar estadounidense. Será suficiente que el futuro autónomo Directorio del Banco Central (cuya autonomía durará un total de 6 años y más allá del periodo de gobierno) disponga la desdolarización mediante una simple regulación para que esta entre en efecto.

Algunos podrán decir que el primer inciso original del artículo 100 que está siendo remplazado ya decía lo mismo, pero no es verdad. El artículo 100 del Código vigente dice lo siguiente:

Está claro que el proyecto de Ley del gobierno de Moreno ha cambiado “medios de pago” por “una moneda”.

Analicemos las implicaciones. El Código Monetario incluía a los cheques, las transferencias por medios electrónicos o digitales, las tarjetas de crédito y débito como “medios de pago” y otras. No parece haber ningún problema con que se puedan pagar con otros medios de pago en dólares distintos a los billetes de dólares físicos.

Sin embargo, al proponer “una moneda” se cambia totalmente el sentido. La mal llamada Ley de Crecimiento Económico crea una regla general distinta no solo a los billetes dólares (para dar paso al uso de otros medios de pago denominados en dólares), sino a la moneda dólar. Es la desdolarización del País. La estructura gramatical también cambia: del plural “medios de pago” al singular “una moneda”. ¿Por qué no proponen “monedas” o “divisas”? Porque eso significaría que podrían pactar operaciones comerciales en varias divisas. Pero al poner en singular “una moneda” claramente se refiere a la posibilidad de disponer el uso de una moneda distinta al dólar para la economía en su conjunto. Además, “divisas” es un término generalmente utilizado para referirse a monedas “duras”, de circulación internacional (tales como el euro o la libra esterlina) mientras que “moneda” puede ser claramente una moneda nacional.

Vale preguntarse, ¿quién ganaría con una desdolarización?. Un primer grupo sería a partir de la pregunta ¿a quién no se le podría desdolarizar? Las regulaciones del Directorio del Banco Central solo afectarían al territorio ecuatoriano, por ende, todos quienes tienen sus capitales en el exterior: élite empresarial, transnacionales, mundo offshore, bancos y banqueros no se verían afectados. La desdolarización solo afectaría a los trabajadores y a la pequeña empresa. Un segundo grupo sería ¿quién lucraría del cambio de moneda? Así como en Argentina del 2015-2019, Venezuela en la actualidad y Ecuador de 1993-1999, lucrarían los especuladores nacionales e internacionales, que comprarían y venderían moneda nueva, generando rentas a partir de la especulación y no de la producción: esos serían los banqueros nacionales y extranjeros. Y un tercer grupo sería ¿quiénes podrían ganar competitividad? En principio, cierto grupo de exportadores y la mediana industria, que podría exportar en dólares y pagar los sueldos en moneda nacional.

Como hemos dicho en otras ocasiones, desdolarizar la economía podría ser una alternativa válida de política pública, pero tomar esa decisión a escondidas, sin diálogo y por un ente con una bizarra autonomía, en medio de una previsible crisis sistémica, es abiertamente irresponsable.

El 17 de noviembre se vence el plazo para archivar esta Ley. De no hacerlo, entrará en vigencia automáticamente como Decreto-Ley (por el ministerio de la ley). No es suficiente modificar o eliminar este artículo porque el gobierno de Moreno tendrá derecho a vetarla parcialmente e insistir con este peligrosísismo texto desdolarizador. En ese caso, para frenar el veto parcial se requerirán 92 votos mientras que para archivar esta ley solo se requieren 69 votos.

En la Comisión Legislativa respectiva, estos fueron los votos a favor de la ley, son ellos quienes deben cambiar su posición dentro la Comisión: Mendoza (AP), Romero (Independiente, ex PSC, ex CREO, aliado de AP), Yar (AP), Marín (AP, pero crítica), Donoso (CREO), Pachala (CREO) y Larreátegui (SUMA).

Asambleístas, URGE archivar este proyecto de ley en el Pleno. Es su responsabilidad con el futuro de la economía del País.


ACTUALIZACIÓN: Producto de este artículo, el Banco Central del Ecuador se pronunció a través de su cuenta de twitter.

🛑[Importante]🛑
En redes sociales circulan #MentirasYVerdades sobre la #LeyCrecimientoEconómico. El #BCE invita a la ciudadanía a informarse por los canales y fuentes oficiales; y así evitar las noticias falsas 🔽 pic.twitter.com/qSrDtDib47

— Banco Central Ec (@BancoCentral_Ec) November 13, 2019

Al respecto, conviene mencionar que este Observatorio realiza sus análisis sobre los textos originales publicados por el Legislativo, y llama continuamente a sus lectores a realizarse preguntas y sacar conclusiones por sí mismos.

Por otro lado, para añadir a la explicación dada por el Banco Central, la emisión de obligaciones en otra moneda supone que su pago eventualmente será en esa moneda, tal y como lo pueden atestiguar quienes adquirieron deudas en dólares a finales de la década de los 90’s; el caso más visible fue el de los taxistas: ante la devaluación continua y pronunciada del sucre, las deudas se volvieron imposibles de pagar en la moneda nacional y los deudores llegaron a solicitar la sucretización de esas deudas.

Fuente: dolarizacion.ec

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